El pasado 4 de junio de 2020 fue publicado el Decreto Supremo N° 101-2020-PCM por medio del cual se modifica el procedimiento para obtener la autorización de reanudación de actividades. En atención a ello, el Ministerio de Salud ha actualizado su plataforma SICOVID-19. A continuación, compartimos con ustedes los principales cambios de la plataforma.
1. Toda empresa que desee obtener la autorización automática para reanudar sus actividades deberá ingresar a https://saludtrabajo.minsa.gob.pe/ e ingresar al ícono: DS 046-2020-PCM, DS 094-2020-PCM y DS 101-2020-PCM. Empresas, Entidades, Personas Naturales o Jurídicas.
2. Luego, deberá generar un usuario y contraseña en la misma plataforma. Finalizado el registro, se dará inicio al procedimiento de 24 pasos.
Mediante estos pasos, la empresa debe: registrar los datos específicos de sus sedes o proyectos, demostrar que cuenta con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud implementado, y comunicar el cumplimiento de los 7 lineamientos de prevención del COVID-19 contenidos en la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.
3. A continuación, compartimos algunos puntos de la información requerida que nos parecen especialmente relevantes:
a. En el paso 5 del procedimiento se exige adjuntar una copia de los siguientes instrumentos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo:
b. En el paso 6 se exige ingresar la nómina de responsables del servicio de Seguridad y Salud debiendo considerarse, como mínimo, los profesionales que establece el anexo 2 de la RM 239-2020-MINSA y sus modificatorias (médico, enfermera y responsables por parte del empleador). Esta nómina deberá incluir los siguientes datos: nombres, fecha de nacimiento, profesión, colegiatura, jornada semanal, entre otros.
c. En el paso 8 se exige incorporar la calificación de cada puesto de trabajo con nivel de exposición al riesgo que presenta.
d. En el paso 14 se exige indicar si las pruebas a los trabajadores serán realizadas por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS) o por la misma empresa. Así como precisar la cantidad de pruebas que se van realizando a los trabajadores, disgregadas por cada nivel de riesgo.
e. En el paso 20 se exige indicar si se cuenta con puestos con actividades que impliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un daño a la salud del trabajador, con ocasión o como consecuencia del trabajo que realiza.
f. En el paso 23 se exige detallar el monto presupuestal por seis meses disgregado en: