Mediante la Ley N° 31699, se ha modificado la regulación del recurso de casación en la Nueva Ley Procesal de Trabajo. La modificación incrementa y eleva los requisitos para interponer recurso de casación, lo que en la práctica debería limitar significativamente su aplicación.
Esta norma entrará en vigencia a los 60 días contados desde su publicación, es decir, el 30 de abril de 2023.
Las nuevas reglas se aplicarán incluso a los procesos laborales iniciados previamente que aún no tengan sentencia de segunda instancia.
A continuación, compartimos los principales cambios:
Causales de casación | Las causales para interponer el recurso de casación, las serán las siguientes: - Inobservancia de alguna de las garantías constitucionales de carácter procesal o material, o indebida o errónea aplicación de dichas garantías.
- Inobservancia de las normas legales de carácter procesal sancionadas con la nulidad.
- Indebida aplicación, una errónea interpretación o una falta de aplicación de la ley, tratados o acuerdos internacionales ratificados por el Perú en materia laboral y de seguridad social, o de otras normas jurídicas necesarias para su aplicación.
- Falta de motivación o manifiesta motivación ilógica, o vicio que resulte del propio tenor de la resolución impugnada.
- Apartamiento de las decisiones vinculantes del Tribunal Constitucional o de la Corte Suprema de Justicia de la República.
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Restricción por monto | - En caso de sentencias que obliguen a dar suma de dinero, el recurso de casación solo será admitido si el monto total reconocido supera las 500 URP's (S/247,500.00 al día de hoy).
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La casación solo se aplicará si han existido sentencias contradictorias | - No procederá el recurso si la sentencia de segunda instancia ha confirmado la de primera instancia. Salvo que la sentencia de segunda instancia contradiga la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema o se refiera a asuntos respecto de los cuales exista jurisprudencia contradictoria de las salas laborales superiores
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Nuevas causales de improcedencia | Son nuevas causales de improcedencia del recurso de casación: - La invocación de violaciones de la ley que no hayan sido indicadas en la apelación;
- La presentación de recursos que evidentemente no tengan fundamentos.
- La existencia de decisiones desestimatorias sobre recursos sustancialmente iguales, cuando el recurrente no presenta argumentos suficientes para que se modifique el criterio o doctrina jurisprudencial ya establecida.
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Audiencia ante la Corte Suprema | - No será necesario solicitar el uso de la palabra previamente para informar oralmente en la audiencia de casación. Bastará con la asistencia de las partes en la fecha y hora programadas.
- El recurso de casación será declarado improcedente si el abogado que lo presentó no asiste injustificadamente a la audiencia.
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Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre el tema no dude en contactarnos.