El 28 de febrero de 2021, se publicó en el diario El Peruano, la Resolución de Dirección Ejecutiva 00023-2021-ARCC/DE, por la que la Autoridad de Reconstrucción con Cambios (ARCC) aprobó el uso de la Directiva 009-2020-OSCE/CD (Directiva), que establece los “Lineamientos para el uso del Cuaderno de Obra Digital” de las obras del régimen general de contrataciones del Estado, para aquellas obras que se contratan y ejecutan bajo el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios (Reglamento).
Esta decisión supone la materialización de lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento, en la que se anunciaba que la ARCC debía implementar el Cuaderno de Obra Digital (COD) mediante resolución.
Así, en todos los procedimientos de selección de obras que se convoquen a partir de vigencia de la Resolución, es obligatorio el uso de COD, salvo para los lugares en donde no haya acceso a internet. En estos casos, en línea con lo previsto en la Directiva, las entidades ejecutoras podrán solicitar para el uso del cuaderno de obra físico.
Recordemos que, entre otros, la Directiva establece lo siguiente:
Si desea revisar nuevamente las principales disposiciones de la Directiva con mayor detalle, lo invitamos a acceder a nuestra alerta legal: OSCE emite lineamientos para el uso del cuaderno de obra digital.
Esperamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. De requerir profundizar sobre algún aspecto particular de la norma, no dude en comunicarse con nosotros.