El 10 de septiembre de 2024, se publicó la Resolución Ministerial N.° 0309-2024-MIDAGRI, que aprueba el documento electrónico denominado “Constancia de Libre Deforestación”, para los productores agrarios, previa verificación de la no existencia de deforestación en el área evaluada y del cumplimiento de la normativa vigente.
La Constancia de Libre Deforestación se creó en virtud del Reglamento de la Unión Europea ("UE") sobre Productos Libres de Deforestación (2023/1115), que entró en vigencia en junio de 2023. Dicho Reglamento establece normas para la exportación y comercialización en el mercado de la UE, así como la exportación desde la UE de productos como: carne, cuero, café, cacao, chocolate, soya, caucho y neumáticos de caucho, madera y aceite de palma, entre otros.
Cabe recordar que luego del 30 de diciembre de 2024, toda exportación de los productos antes mencionados hacia la UE, requiere que las empresas y productores agrarios, realicen una diligencia debida para garantizar que sus productos no provengan de tierras deforestadas (después del 31 de diciembre de 2020), y que cumplan con la legislación local.
La Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, es competente para realizar la verificación de la no existencia de deforestación, de acuerdo al flujo interno detallado en el Anexo; para actualizar y sistematizar la información pública contenida en la referida Constancia, con apoyo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
Sugerimos que las empresas productoras-exportadoras de los productos regulados por el Reglamento de la UE tengan en cuenta no solo esta Constancia, sino los demás requisitos establecidos por ese marco normativo, dado que la falta de cumplimiento les impedirá acceder a dicho mercado a partir del 2025.
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