Por medio de la Resolución Ministerial N° 1302-2021-MINSA se dispone lo siguiente:
1. Durante un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir del 16 de diciembre de 2021, pueden seguir realizando trabajo presencial los trabajadores que no cuenten con el esquema completo de vacunación, cuyas labores no sean compatibles con el trabajo remoto, y siempre que de manera conjunta:
2. Se precisa que, para efectos de la realización de trabajo presencial, se entiende por esquema completo de vacunación únicamente primera y segunda dosis (o dosis única cuando la vacuna así lo requiera). No se incluye la dosis de refuerzo.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.