Por Decreto de Urgencia Nº 011-2022, publicado hoy, 13 de mayo, se han aprobado medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y financiera, para que las empresas del sistema financiero (ESF) puedan reprogramar los créditos garantizados con el Programa "Reactiva Perú".
Mediante la mencionada norma, las ESF han quedado facultadas, de manera excepcional, para reprogramar los créditos garantizados con el Programa "Reactiva Perú", hasta por la suma de S/10,000'000,000.00 (diez mil millones y 00/100 soles), a efectos de brindar facilidades de pago a los beneficiarios de los créditos otorgados en el marco del referido programa.
Requisitos para acceder a la reprogramación
Para poder acceder a la reprogramación, los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
Dado que la norma no establece de qué manera se debe demostrar la caída en el nivel de ventas antes mencionado, deberá ser el Reglamento Operativo el que establezca los mecanismos y/o medios de verificación de los requisitos antes señalados.
Cabe señalar que, adicionalmente, la norma permite que el Reglamento Operativo establezca otros requisitos y criterios de exclusión para las reprogramaciones de créditos.
Evaluación de las reprogramaciones
Las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú” deberán ser evaluadas por las ESF que otorgaron los respectivos créditos. La evaluación de las reprogramaciones de los créditos dependerá de que el beneficiario cumpla con los requisitos para acceder a la reprogramación.
Plazo de acogimiento para las reprogramaciones
Periodo de gracia
Consideraciones adicionales
Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.