Por medio del Decreto de Urgencia N° 115-2021 publicado el día de hoy, 30 de diciembre, se ha prorrogado la vigencia de la modalidad de trabajo remoto hasta diciembre de 2022. Según la norma, esta medida busca prevenir los efectos de una potencial tercera ola, así como garantizar la salud de los trabajadores del ámbito público y privado hasta que culmine la emergencia sanitaria.

Esto significa que las empresas estarán en posibilidad de mantener a su personal en trabajo remoto por un año más si así lo deciden. Se debe tener en cuenta que, al contrario del teletrabajo, el trabajo remoto no requiere acuerdo de partes, sino que puede ser decidido unilateralmente por el empleador. Además, las empresas no están obligadas a pagar al personal ningún tipo de compensación por los gastos en los que pudieran incurrir con ocasión del trabajo remoto.

Según las normas vigentes a la fecha, el trabajo remoto es obligatorio para las trabajadoras gestantes y en periodo de lactancia, así como para los trabajadores con discapacidad. Además, es prioritario para el personal de riesgo frente a la COVID-19.


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