El 30 de diciembre de 2022, se publicó en una Edición Extraordinaria del diario oficial El Peruano la Ley N° 31663 que prorroga la vigencia de las Leyes N° 27623 y 27624 ("Ley"), con la finalidad de promover la exploración en las actividades mineras y de hidrocarburos y propiciar así el desarrollo de nuevos proyectos de inversión.
El artículo 2 de la Ley prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027, la vigencia de los siguientes dispositivos legales:
La Ley N° 27623 |
Ley que Dispone la Devolución del IGV alos titulares de la actividad minera durante la fase de exploración. |
La Ley N° 27624 |
Ley que dispone la devolución del IGV para la exploración de hidrocarburos. |
La Ley entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.
Finalmente, es importante recordar que el régimen de devolución definitiva del IGV beneficia a los proyectos de inversión que tienen - por su naturaleza - un riesgo de no concretarse como son los sectores minería e hidrocarburos.
Como se sabe, en estos casos, por mucho que se explore, investigue o que se invierta, siempre existe el riesgo de no hallar una veta o no realizar un descubrimiento comercial. Por ello, el IGV que se recupera no es reembolsable ya que no habrán ventas en el corto plazo pues se tendría que esperar varios años para recuperar el IGV trasladado (crédito fiscal).
Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este tema para su empresa, no dude en contactarnos.