A través de la Resolución de Superintendencia N° 000016-2021/SUNAT, publicado el día de hoy, se han aprobado las siguientes disposiciones para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al período enero 2021:

1. Contribuyentes que en el ejercicio 2020 hubieran obtenido ingresos netos por rentas de tercera categoría de hasta 2,300 UIT (S/ 9,890,000) o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a la tercera categoría que sumadas no superen dicho importe, con domicilio fiscal al 27/01/2021 en los departamentos con nivel de alerta extremo y muy alto[1]:

  • Se prorroga el plazo de vencimiento de declaración y pago del período enero 2021 hasta las fechas de vencimiento que corresponden al período febrero 2021.
     
  • Se prorroga las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras electrónicos del mes de enero 2021 hasta las fechas máximas de atraso que corresponden al mes de febrero 2021.

2. Contribuyentes a quienes se les aplique dicha prórroga y presenten una solicitud de devolución del Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB) luego del vencimiento que inicialmente correspondía presentar por el período enero 2021 y hasta la fecha de vencimiento que le corresponde por el período febrero 2021, deben: (i) presentar la declaración jurada (IGV-Renta) de enero 2021 y (ii) consignar en su solicitud el período enero 2021.

3. Estas disposiciones también son aplicables a aquellos sujetos inafectos del Impuesto a la Renta distintos al Sector Público Nacional.

La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación.


Confiamos en que esta información le sea de utilidad a usted y a su empresa. De requerir asesoría legal sobre este tema, no dude en contactarnos.


[1] Lima, Provincia Constitucional del Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac, Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.

Asesoría para su empresa
+51 992 520 000
Echecopar   
Estudio Echecopar
Gracias por comunicarte con el Estudio Echecopar. ¿Necesitas asesoría legal para tu empresa?