Ver formato de alerta legal aquí.
 

Recientemente el Reglamento de la Ley de Salud Mental ha ratificado que el cuidado que la salud mental de los trabajadores forma de las de las obligaciones de prevención del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo. En este contexto, esta norma indica, que los empleadores, de manera preventiva, deberán realizar las siguientes actividades como parte del monitoreo de las condiciones de trabajo:

1. Gestionar un Plan de Cuidado del Personal. Este plan incluye, entre otras, las siguientes actividades:

  • Programa que promueva nutrición y alimentación saludable, incluyendo disposiciones que fomenten un uso razonable y saludable de expendedores de bebidas y alimentos.
  • Programa de actividad física, con tiempo flexible para la actividad física individual y colectiva.
  • Estrategias institucionales para el manejo y flexibilidad del tiempo, según necesidades temporales y de emergencias personales, contextualizadas a cada institución y/o territorio.
  • Programas para promover el autocuidado, el buen trato y una vida libre de violencia.
  • Programas de abordaje del agotamiento profesional, que incluya detección, prevención, atención y monitoreo.
  • Capacitación laboral en competencias socioemocionales.

2. Fomentar un buen clima organizacional, para lo cual se deberá:

  • Elaborar un manual o guía de buenas prácticas para la mejora del clima organizacional.
  • Comprometerse con el respeto a la diversidad étnica, cultural y sexual.
  • Cumplir con las disposiciones legales sobre prevención y sanción del hostigamiento sexual.
  • Implementar grupos de vigilancia anticorrupción y contra el hostigamiento sexual.

3. Implementar políticas que establezcan la preeminencia del bienestar de la persona por encima de los intereses laborales.

4. Desarrollar programas que incluyan medidas de identificación, evaluación, atención y protección ante el estrés laboral, acoso, hostigamiento sexual, malestar, desmotivación, desconfianza, agotamiento laboral, violencia institucional, entre otros factores que afecten la salud mental del personal.

5. Incorporar las disposiciones sobre los ajustes razonables a fin de que cualquier trabajador con alguna discapacidad relacionada con su salud mental pueda trabajar adecuadamente.

6. Implementar medidas orientadas a conciliar y armonizar las responsabilidades familiares y laborales.

Asesoría para su empresa
+51 992 520 000
Echecopar   
Estudio Echecopar
Gracias por comunicarte con el Estudio Echecopar. ¿Necesitas asesoría legal para tu empresa?