Recientemente el Reglamento de la Ley de Salud Mental ha ratificado que el cuidado que la salud mental de los trabajadores forma de las de las obligaciones de prevención del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo. En este contexto, esta norma indica, que los empleadores, de manera preventiva, deberán realizar las siguientes actividades como parte del monitoreo de las condiciones de trabajo:
1. Gestionar un Plan de Cuidado del Personal. Este plan incluye, entre otras, las siguientes actividades:
2. Fomentar un buen clima organizacional, para lo cual se deberá:
3. Implementar políticas que establezcan la preeminencia del bienestar de la persona por encima de los intereses laborales.
4. Desarrollar programas que incluyan medidas de identificación, evaluación, atención y protección ante el estrés laboral, acoso, hostigamiento sexual, malestar, desmotivación, desconfianza, agotamiento laboral, violencia institucional, entre otros factores que afecten la salud mental del personal.
5. Incorporar las disposiciones sobre los ajustes razonables a fin de que cualquier trabajador con alguna discapacidad relacionada con su salud mental pueda trabajar adecuadamente.
6. Implementar medidas orientadas a conciliar y armonizar las responsabilidades familiares y laborales.