El Decreto de Urgencia N° 026-2020 dispuso la suspensión por 30 días hábiles de los plazos de tramitación de diversos procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo. 

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00035-2020-SENACE-PE, se aprobó la siguiente lista de procedimientos para los que no aplica la suspensión de plazos, antes indicada:

  1. Acceso a la información pública que posea o produzca la entidad.
  2. Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales o modificación de la referida inscripción.
  3. Clasificación de estudios ambientales.
  4. Evaluación y aprobación del Plan de Participación Ciudadana - PPC, previo a la presentación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-D).
  5. Modificación del PPC.
  6. Evaluación y modificación del EIA-D.
  7. Evaluación y aprobación del EIA-D para infraestructuras de residuos sólidos municipales.
  8. Evaluación y aprobación del EIA Semi Detallado para el subsector residuos sólidos, y su modificación.
  9. Evaluación del EIA-D, en el marco de la Certificación Ambiental Global - IntegrAmbiente.
  10. Evaluación y aprobación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS).
  11. Aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental para las Intervenciones de Construcción (IGAPRO).
  12. Contratación de profesionales de la nómina de especialistas; y,
  13. Expedición de copias de los documentos contenidos en los expedientes de los procedimientos administrativos.
Consecuentemente, a partir del lunes 18 de mayo los administrados pueden dar inicio o continuar con la tramitación de los procedimientos administrativos antes referidos, empleando para dicho efecto el portal institucional de SENACE.
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