El Decreto de Urgencia N° 026-2020 dispuso la suspensión por 30 días hábiles de los plazos de tramitación de diversos procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo.
Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00035-2020-SENACE-PE, se aprobó la siguiente lista de procedimientos para los que no aplica la suspensión de plazos, antes indicada:
- Acceso a la información pública que posea o produzca la entidad.
- Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales o modificación de la referida inscripción.
- Clasificación de estudios ambientales.
- Evaluación y aprobación del Plan de Participación Ciudadana - PPC, previo a la presentación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-D).
- Modificación del PPC.
- Evaluación y modificación del EIA-D.
- Evaluación y aprobación del EIA-D para infraestructuras de residuos sólidos municipales.
- Evaluación y aprobación del EIA Semi Detallado para el subsector residuos sólidos, y su modificación.
- Evaluación del EIA-D, en el marco de la Certificación Ambiental Global - IntegrAmbiente.
- Evaluación y aprobación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS).
- Aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental para las Intervenciones de Construcción (IGAPRO).
- Contratación de profesionales de la nómina de especialistas; y,
- Expedición de copias de los documentos contenidos en los expedientes de los procedimientos administrativos.
Consecuentemente, a partir del
lunes 18 de mayo los administrados pueden dar inicio o continuar con la tramitación de los procedimientos administrativos antes referidos, empleando para dicho efecto el portal institucional de SENACE.