El 30 de octubre de 2020 se publicó la Resolución N° 166-2020-OS/CD, a través de la cual se dispone aprobar el procedimiento para la fiscalización de contratos y autorizaciones del Subsector Eléctrico (para mayor información sobre el procedimiento de fiscalización aplicable al Subsector Eléctrico ver el siguiente enlace) y Contratos de Concesión en las actividades de Gas Natural ("Procedimiento de Fiscalización") así como sus respectivos Anexos (los que establecen cuáles son los formatos y plazos aplicables para la entrega de información en el marco del referido Procedimiento de Fiscalización).
¿Cuáles son los Agentes Fiscalizados de acuerdo con el Procedimiento de Fiscalización?
Son los titulares de los Contratos de Concesión de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural por Ductos y los Contratos de Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, suscritos por el Estado, los cuales se encuentran a cargo de la División de Supervisión de Gas Natural de la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN.
¿Qué alcance presenta la fiscalización?
El OSINERGMIN fiscaliza, dentro del ámbito de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los Contratos y/o Autorizaciones, sin que esto constituya una limitación para fiscalizar otros aspectos, no citados expresamente en el Procedimiento de Fiscalización.
La fiscalización se realiza a partir de la evaluación de la información proporcionada por los Agentes Fiscalizados, y se puede complementar con inspecciones de campo (coordinadas o inopinadas) realizadas a los proyectos en ejecución y/u operación, según corresponda.
El OSINERGMIN está facultado a realizar acciones complementarias a las establecidas en el Procedimiento de Fiscalización que considere necesarias, como la implementación de herramientas tecnológicas para optimizar la fiscalización de las instalaciones de los Agentes Fiscalizados.
¿Cuáles son las actividades materia de fiscalización del Contrato?
Las actividades materia de fiscalización del Contrato son: i) Construcción, ii) Puesta en operación Parcial y/o Comercial y iii) Operación, Explotación de Bienes de la Concesión y Mantenimiento.
A continuación, un resumen de algunas de las actividades que son matera de fiscalización por cada etapa:
Etapa | Algunas de las actividades objeto de fiscalización |
Construcción | Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:
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Puesta en | Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:
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Operación, | Sin ser limitativo, se fiscalizará lo siguiente:
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¿Qué sucede en caso los Agentes Fiscalizados incumplan el Procedimiento de Fiscalización?
Toda acción u omisión por parte de los Agentes Fiscalizados que implique un incumplimiento del Procedimiento de Fiscalización, constituye infracción administrativa sancionable de acuerdo a lo establecido en la “Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones” aprobada por Resolución N° 028-2003-OS/CD, o la norma que la modifique, complemente o sustituya.
¿Por qué medio de información deberán remitir la información los Agentes Fiscalizados?
En tanto se implemente el “Sistema de Información de Gestión de Contratos” en la Plataforma Virtual de OSINERGMIN, los Agentes Fiscalizados deberán presentar la información y documentación establecida en el Procedimiento de Fiscalización a través de los canales de recepción de documentos puestos a disposición del público.
La División de Supervisión de División de Supervisión de Gas Natural de la Gerencia de Supervisión de Energía del OSINERGMIN coordinará con los Agentes Fiscalizados la referida implementación.
Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. De requerir profundizar en el tema, no dude en comunicarse con nosotros.