El 17 de setiembre de 2021 fue publicado el Decreto Supremo N° 152-2021-PCM, mediante el cual se establecieron medidas específicas para el ingreso de peruanos y extranjeros al país. Con la finalidad de aclarar diversas interrogantes, el Ministerio de Salud ha realizado las siguientes precisiones:

  1. Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que deseen ingresar al país deberán contar con una prueba molecular negativa con una antigüedad no mayor a 72 horas antes de abordar el avión. Incluso las personas con la pauta de vacunación completa deben presentar este examen.
     
  2. En el supuesto que se solicite presentar un carné de vacunación y la persona no cuente con ello, la prueba molecular negativa con una antigüedad no mayor a 72 horas será suficiente para permitir el ingreso.
     
  3. Los niños menores de 12 años podrán ingresar con un certificado médico de buena salud. Sin perjuicio de ello, recomendamos verificar los lineamientos de cada aerolínea antes de realizar el viaje, pues en algunos casos podrían solicitar una prueba negativa.
     
  4. La cuarentena a la llegada seguirá siendo obligatoria en caso se verifique algún síntoma al momento de ingresar al país.
     
  5. Estas medidas entran en vigencia a partir de hoy lunes 20 de setiembre de 2021.

Como les informamos la semana pasada, la nueva norma establece un doble requisito para el ingreso al país (i) una prueba molecular y (ii) la prueba de vacunación. No obstante, el Ministerio de Salud ha señalado que no será obligatoria la presentación del carné de vacunación. Esperamos que lo indicado en este comunicado se formalice mediante una modificación legal. De ser así, les informaremos oportunamente.
 

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