Mediante la Resolución SBS N.° 199-2025, publicada el 22 de enero de 2025, se ha modificado la Resolución SBS N.° 4349-2016 que aprobó la “Norma sobre funciones y cargos ocupados por Personas Expuestas Políticamente (PEP) en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo (LAFT)” (en adelante, “la Norma”).
A continuación, comentamos los principales aspectos de esta Norma:
¿Quiénes deben cumplir con la Norma?
Las personas naturales y jurídicas que califican como sujetos obligados (SO) a informar ante la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú en materia de prevención de LAFT, según las categorías de actividades previstas en el artículo 3 de la Ley N.° 29038.[1]
¿Quiénes son PEP?
Son aquellas personas naturales, nacionales o extranjeras, que cumplen o que en los últimos cinco años hayan cumplido, funciones públicas destacadas en una entidad pública o funciones prominentes en una organización internacional, sea en el territorio nacional o extranjero, y cuyas circunstancias financieras puedan ser objeto de un interés público. También son considerados como PEP los colaboradores directos de la máxima autoridad de la institución.
La Norma contiene un listado de las funciones y cargos que son ocupados por PEP.
¿Qué novedades incluye la Norma?
Se establece que los SO, en función a sus riesgos de LAFT, deberán desarrollar e implementar procedimientos para identificar a aquellos clientes que, sin estar incluidos expresamente en el listado de funciones y cargos, coinciden con la definición de PEP prevista en la Norma.
Se elimina del listado de funciones y cargos ocupados por PEP a los gerentes generales, gerentes o cargos de primer nivel, y directores de empresas con participación estatal mayoritaria en el capital social (por ejemplo, Banco de la Nación, Fondo Mivivienda, COFIDE y cajas municipales).
Para consultar el listado actualizado, puede ingresar al siguiente enlace.
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[1] Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones