El día de hoy, 14 de setiembre de 2021, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 314-2021-MINEM/DM, que contempla el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Contenidos de los Planes de Rehabilitación en el marco de lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 039-2014-EM y sus modificatorias.” (el “Proyecto”).

 Los interesados podrán remitir sus comentarios y/o sugerencias al referido proyecto hasta el 5 de octubre del año en curso, ya sea vía el correo electrónico: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe o por escrito a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas.

El Plan de Rehabilitación es un Instrumento de Gestión Ambiental Complementario, dirigido a recuperar uno o varios elementos o funciones alteradas del ecosistema después de su exposición a los impactos ambientales negativos que no pudieron ser evitados o prevenidos, ni reducidos ni mitigados o corregidos.

 El Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos dispone que en el marco de un siniestro y/o emergencia ambiental, en caso se observe durante una supervisión algún exceso en los Estándares de Calidad Ambiental o en caso de alteraciones al ecosistema, de acuerdo a los monitoreos de flora y/o fauna realizados, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ("OEFA") exigirá al administrado la presentación del Plan de Rehabilitación, en un plazo no mayor a 18 meses.

En ese sentido, se advierte que el Proyecto establece las reglas claras así como el contenido específico que deberá tener un Plan de Rehabilitación en el sector Hidrocarburos. El contenido completo del Proyecto puede apreciarse haciendo clic aquí.


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