El 13 de julio de 2020, mediante Resolución Directoral Nº 0057-2020-MINAGRI-SENASA-DIAIA (la "Resolución"), publicada en el diario oficial El Peruano, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ("SENASA") del Ministerio de Agricultura y Riego, ha prohibido el uso de plaguicidas químicos de uso agrícola ("PQUA") que contengan el ingrediente activo Paraquat.
La Resolución dispone lo siguiente:
- Prohibir, a partir del 12 de julio de 2021, el uso de PQUA que contengan el ingrediente activo Paraquat.
- Prohibir, a partir del 14 de julio de 2020, la importación de PQUA y productos que contengan el ingrediente activo Paraquat. Se exceptúan aquellos que se encuentren en tránsito con destino al Perú, antes de la vigencia de la Resolución.
- Prohibir, a partir del 14 de julio de 2020, el registro de nuevos PQUA que contengan el ingrediente activo Paraquat.
- Prohibir, a partir del 12 de julio de 2021, la comercialización, distribución, fabricación, formulación, almacenamiento y/o envasado de PQUA o productos que contengan el ingrediente activo Paraquat.
- Los titulares de los registros de PQUA que contengan el ingrediente activo Paraquat, deberán retirar del mercado los productos dentro de los 90 días hábiles posteriores al 12 de julio de 2021. Asimismo, deberán proceder a su disposición final e informar a los usuarios sobre las medidas adoptadas respecto a estos plaguicidas y productos.
- El SENASA efectuará las acciones y/o inspecciones pertinentes para cautelar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la Resolución.
El incumplimiento de la Resolución dará lugar a la aplicación de las correspondientes medidas administrativas.
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