El pasado 19 de agosto, se publicó el Decreto Supremo No. 014-2023-EM, que establece disposiciones complementarias para la presentación del Plan Ambiental Detallado ("PAD"), con la finalidad de promover la adecuación ambiental excepcional de las actividades eléctricas en curso.
- Luego de presentada la solicitud de acogimiento. El titular tiene hasta el 21 de agosto de 2026 para presentar el PAD.
- En caso se haya presentado anteriormente un PAD, y éste haya sido declarado improcedente, desaprobado o inadmisible, se puede presentar un nuevo PAD en el plazo antes mencionado.
Nota: En todos los casos las actividades y/o componentes que sean objeto de adecuación a través del PAD deben haber sido implementados hasta antes del 7 de julio de 2019.
Confiamos en que esta información le sea de utilidad. De requerir asesoría legal sobre este tema para su empresa, no dude en contactarnos.