El pasado 19 de agosto, se publicó el Decreto Supremo No. 014-2023-EM, que establece disposiciones complementarias para la presentación del Plan Ambiental Detallado ("PAD"), con la finalidad de promover la adecuación ambiental excepcional de las actividades eléctricas en curso.

  • Luego de presentada la solicitud de acogimiento. El titular tiene hasta el 21 de agosto de 2026 para presentar el PAD.
  • En caso se haya presentado anteriormente un PAD, y éste haya sido declarado improcedente, desaprobado o inadmisible, se puede presentar un nuevo PAD en el plazo antes mencionado.

Nota: En todos los casos las actividades y/o componentes que sean objeto de adecuación a través del PAD deben haber sido implementados hasta antes del 7 de julio de 2019.


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