El 29 de julio se publicó la Resolución N° 185-2021-OS/CD ("la Resolución") que modifica la Norma “Procedimientos para Licitaciones de Largo Plazo de Suministros en el Marco de la Ley N° 28832”, aprobada por Resolución N° 688-2008-OS/CD.
La Resolución incorpora un nuevo procedimiento para la modificación de los contratos de suministro, a fin de garantizar la transparencia del procedimiento y la participación de terceros que pueden tener interés en la modificación.
1. ¿En qué supuestos se necesita la aprobación de OSINERGMIN?
Cuando la modificación se refiera a i) el plazo de Suministro, ii) las potencias contratadas y su energía asociada, iii) los precios firmes, sus fórmulas de actualización y cualquier otro aspecto que varíe el valor de los precios unitarios de venta de potencia y energía.
2. ¿Qué debe hacer el distribuidor o el generador antes de solicitar la aprobación?
Requerir la opinión a los demás adjudicatarios del mismo proceso de licitación sobre el proyecto de adenda.
Recibidas las opiniones y de considerarlo, el solicitante planteará los cambios al proyecto de adenda, cuya versión final, deberá contar con el consentimiento de la contraparte.
3. Presentación de la solicitud de aprobación ante OSINERGMIN
El artículo 15.3.2 señala los requisitos que debe cumplir la solicitud, entre los que destacan (i) la versión MW Word del proyecto de adenda; (ii) cargo de las comunicaciones cursadas a los terceros intervinientes en el mismo proceso de licitación y (iii) el informe técnico-económico y legal que sustente la modificación.
4. Etapa previa al proceso de aprobación
Recibida la solicitud de aprobación, a GRT la publicará el proyecto de adenda en el portal web de OSINERGMIN, para que los interesados no intervinientes en el proceso de licitación remitan sus comentarios.
La GRT trasladará al solicitante: i) los comentarios recibidos y, de ser el caso, ii) las observaciones de forma.
El solicitante deberá remitir una nueva versión del proyecto de adenda, de corresponder, con el análisis de los comentarios recibidos y las observaciones de forma, bajo apercibimiento de tener como no presentada su solicitud.
5. Proceso de aprobación
La GRT revisará la solicitud y podrá plantear observaciones de fondo, las cuales deberán ser subsanadas en la propuesta de modificación definitiva que presente el solicitante.
Subsanadas las observaciones de fondo o de no existir estas, OSINERGMIN resolverá la solicitud de modificación en un plazo de 30 días hábiles mediante resolución de Consejo Directivo que será publicada en el diario oficial El Peruano.
6. Eficacia y remisión de las adenda a OSINERGMIN
Las modificaciones tendrán eficacia luego de efectuada la aprobación previa de OSINERGMIN y de haber sido suscritas.
Las modificaciones a los contratos sujetas o no a aprobación previa de OSINERGMIN deberán ser remitidas por la distribuidora a OSINERGMIN dentro de los 10 días hábiles de suscritas.
Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. De requerir profundizar en el tema, no dude en comunicarse con nosotros.