El 30 de junio de 2020 se publicó la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA que establece las siguientes medidas:

  • Se suprime la obligación prevista en la RM 377-2020 sobre la necesidad de actualizar el Plan de Vigilancia, Control y Prevención (“Plan”) mensualmente. Bajo la nueva RM, el Plan debe actualizarse solo cuando la empresa haya añadido una nueva actividad aprobada en una nueva fase, o se haya modificado los procedimientos obligatorios de prevención del COVID 19 o los procedimientos obligatorios para el regreso y reincorporación al trabajo, bajo responsabilidad de la empresa.
     
  • En caso, vía fiscalización posterior, se verifique la existencia de campos obligatorios no llenados (solo respecto de aquellos Planes que se registraron en el SICOVID pues a partir de la entrada en vigencia del DS 117-2020-PCM los Planes deben ser enviados por correo electrónico) o de información falsa o no auténtica vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores de servicios, o el incumplimiento de los Lineamientos aprobados como anexo en esta Resolución, se impone la medida correctiva de suspensión o cancelación del registro, según la gravedad de la omisión, inconsistencia o fraude, lo que implica que la empresa no podría continuar realizando actividades.
     
  • Se creará un aplicativo que permita a los trabajadores denunciar:
     
    • La existencia de información falsa o no auténtica vinculada a la seguridad y salud en el trabajo en el Plan o que la misma no esté conforme con los Lineamientos.
    • Cualquier otra información que consideren que, en el marco del Estado de Emergencia Sanitaria a causa de la pandemia por COVID-19, exponga su vida o salud, a causa del trabajo.
  • Se reitera el deber de los administrados de responder dentro del plazo otorgado a los requerimientos de información de CENSOPAS dirigidos a las personas autorizadas para el reinicio de actividades, a los profesionales de la salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo y a los representantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, a los correos indicados en el Plan.

Se derogan los Lineamientos aprobados por la RM 239-2020 y sus modificatorias, sustituyéndose los mismos por los nuevos Lineamientos conforme al anexo de la RM 448-2020.


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