El sábado 11 de diciembre de 2021 se publicó en el diario El Peruano la Resolución N° 028-2021-OEFA/CD, a través de la cual se creó el Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental ("Módulo IMA"), como el medio electrónico a través del cual los administrados bajo la competencia de OEFA deberán cumplir con entregar sus informes de monitoreo ambiental. Según lo dispuesto en dicha norma, la implementación del Módulo IMA se realizaría de forma gradual y por fases.
Es así que, mediante Resolución de Consejo Directivo 060-2021-OEFA/CD, de fecha 31 de diciembre de 2021, se publicó el primer listado de los titulares de actividades bajo competencia del OEFA que se encuentran habilitados para el ingreso y uso del Módulo IMA, entre las cuales se incluyeron a varias de las principales empresas agrícolas y eléctricas.
El día de ayer, 24 de noviembre de 2022, se publicó la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0068-2022-OEFA/PCD, a través de la cual se aprueba el segundo listado de titulares de actividades bajo competencia del OEFA que se encuentran habilitados para el ingreso y uso del Módulo IMA - Segunda Fase, que esta vez comprende a varias de las principales empresas del sector minero, las cuales se detallan a continuación:
Por tanto, a partir de hoy, 25 de noviembre de 2022, comienza el Periodo de Prueba de 90 días durante el cual las empresas antes mencionadas deberán educarse y familiarizarse con la operatividad y uso del Módulo IMA. Durante este periodo, el uso del Módulo IMA es facultativo y OEFA priorizará las acciones de supevisión con un enfoque orientativo.
Luego de concluido el Periodo de Prueba, las empresas antes mencionadas estarán obligadas a entregar sus informes de monitoreo a través del Módulo IMA.
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