El 22 de diciembre de 2020 se publicó en El Peruano la Resolución Viceministerial N° 277-2020-MINEDU, mediante la cual el Ministerio de Educación ("MINEDU") aprobó la actualización de los "Lineamientos para el cuidado integral de la salud mental en las universidades" ("Lineamientos"). Los Lineamientos aplican tanto a las universidades públicas como privadas a nivel nacional y tienen como objetivo establecer orientaciones para la promoción de la salud mental y la prevención de factores de riesgo individual y comunitario, favoreciendo el bienestar y cuidado integral de la salud mental de la comunidad universitaria, en el marco de su autonomía y desde la perspectiva comunitaria, interseccional, de interculturalidad y género.
A continuación, detallaremos las indicaciones y recomendaciones contenidas en los Lineamientos:
Luego de determinar el objetivo (establecer orientaciones para la promoción del bienestar y la prevención de problemas de salud mental) y de establecer el ámbito de aplicación (universidades públicas y privadas a nivel nacional), el MINEDU procede a delimitar algunas nociones relevantes. Entre ellas, rescatamos los siguientes conceptos:
CONCEPTO | DEFINICIÓN |
Red de soporte para el cuidado integral de la salud mental de la comunidad universitaria ("Red de Soporte") | "Se conforma como un espacio que las universidades crean con la finalidad de articular el accionar de las instancias, grupos y actores de la comunidad universitaria relacionados al cuidado integral de la salud mental y otros afines. Incluye oficinas de bienestar universitario, tutoría, psicopedagogía, oficinas de desarrollo humano y servicios de salud universitarios preexistentes u otros que hagan sus veces, así como otros grupos, espacios o servicios que puedan generarse en las facultades o escuelas vinculadas al cuidado integral de la salud mental y bienestar […] Las acciones de diseño, implementación y evaluación incorporan de manera explícita y permanente a cada uno de los miembros que conforman -e interactúan- la universidad como los estudiantes, docentes, trabajadores y trabajadoras no docentes como actores principales; así como graduados/as o egresados/as […]" (énfasis agregado) |
Centro de Salud Mental Comunitaria Universitario ("CSMCU") | "Son considerados como las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) dentro del ámbito universitario. En caso la universidad cuente con este centro, el CSMCU será parte de la Red de soporte para el cuidado integral de la salud mental de la comunidad universitaria. No siendo obligatorio que las universidades cuenten con un CSMCU"(énfasis añadido). |
Cuidado integral de la salud mental | "[…] Para el caso de las universidades, incluye acciones de promoción, prevención de la salud mental, así como la gestión, con las instancias pertinentes, para la atención integral de la salud mental de los miembros de la comunidad universitaria a fin de garantizar su bienestar. Esta no se reduce a los síntomas o diagnósticos […] sino que hace énfasis en las fortalezas, capacidades y aspiraciones". (énfasis agregado) |
Promoción y prevención en salud mental | "Se desarrolla desde la perspectiva de salud mental positiva, de tal forma que empodere a las personas, reparando el bienestar y mejorando la calidad de vida, desarrollando actividades como el fomento del apoyo mutuo, solidaridad, acción colectiva, cohesión comunitaria, así como de la resiliencia individual, el entretenimiento saludable y seguro, la parentalidad positiva, el fortalecimiento del manejo del estrés y afrontamiento positivo y el fomento de la actividad física, entre otros" |
Intervenciones comunitarias en salud mental | "Actividades o acciones de carácter promocional, preventivo y recuperativo que se realizan con la participación protagónica de la propia persona, a la familia y/o la comunidad, en beneficio de la salud mental individual y colectiva" |
Modelo de atención comunitario de Salud Mental | "[…] En el caso del presente documento se hace referencia a la comunidad entendida como aquella que es constituida por los diversos actores de la universidad, los cuales interactúan y mantienen un sentido de comunidad en el ámbito universitario" |
Telemedicina para el cuidado de la salud mental | "Provisión de servicios de salud mental a distancia en los componentes de promoción, prevención, u otros de acuerdo a la autonomía universitaria, prestados por personal de salud competente, a través de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud a la comunidad universitaria. Para lo cual se debe contar como mínimo con computadoras, servicio de internet, teléfono fijo o celular" (énfasis añadido) |
Es decir, si bien no es obligatorio que las universidades cuenten con un CSMCU, sí tienen el deber de promover y fomentar el cuidado integral de la salud mental. Ello con la finalidad de evitar el aumento de factores de riesgo y prevenir problemas de salud mental. Al respecto, los Lineamientos recomiendan: (i) contar con una Red de Soporte; (ii) adoptar una perspectiva de salud mental positiva, empoderando a la comunidad universitaria; (iii) implementar intervenciones comunitarias en las cuales la propia persona tenga una participación protagónica; y, (iv) brindar servicios de salud mental a distancia, para lo cual se deberá disponer de tecnologías de la información y comunicación, tales como computadoras o teléfonos fijos o celulares.
Dicho ello, el MINEDU continúa con la acotación del contenido de los Lineamientos, abarcando tres puntos a saber: (i) el desarrollo y fortalecimiento de una Red de Soporte; (ii) los ejes estratégicos para el cuidado integral de la salud mental en la comunidad universitaria; y, (iii) la promoción, prevención y atención en el cuidado integral de la salud mental.
1. Desarrollo y fortalecimiento de una Red de Soporte:
De la redacción empleada por el MINEDU ("podrá conformar"), se desprende que es facultad de las universidades decidir si creará la Red de Soporte correspondiente o si no lo hará. En caso la universidad opte por configurar dicha red, deberá hacerlo mediante acto resolutivo del órgano competente y tomando en consideración que la Red de Soporte tiene como propósito:
Por lo expuesto, en caso se decida conformar una Red de Soporte, la universidad deberá: (i) garantizar que la referida red cuente con los materiales y apoyo humano necesario; (ii) incorporar el enfoque de salud mental desde el Modelo de Salud Mental Comunitario en las mallas curriculares de las carreras vinculadas a áreas de salud; y, (iii) generar planes y programas para el cuidado integral de la salud mental.
A su vez, la Red de Soporte cumplirá con las siguientes labores: (i) identificar a las personas en situaciones de vulnerabilidad; (ii) brindar la asistencia correspondiente, vinculada al cuidado integral de la salud mental; (iii) aprobar y aplicar documentos normativos para fomentar la transversalización del cuidado integral de la salud mental; y, (iv) coordinar la atención de la comunidad universitaria con los servicios de atención médica en situaciones sociales extraordinarias y colectivas.
2. Ejes estratégicos para el cuidado integral de la salud mental en la comunidad universitaria:
Las universidades, en articulación con las instancias descentralizadas de salud (como, por ejemplo, los CSMCU), podrán realizar la conservación, mejora y cuidado integral de la salud mental individual y colectiva de la comunidad universitaria mediante cuatro ejes estratégicos: (i) el empoderamiento de la comunidad universitaria; (ii) el fomento y protección de entornos saludables; (iii) el promover estilos de vida activos y saludables; y, (iv) la comunicación social. Veamos:
Por lo tanto, los ejes estratégicos imponen a los centros universitarios el deber de: (i) brindar información suficiente y oportuna; (ii) controlar, regular y generar mecanismos de protección contra todo tipo de violencia; (iii) brindar infraestructura para actividades de recreación y para la promoción del autocuidado; y, (iv) sensibilizar a la comunidad universitaria sobre temas relacionados a la salud mental, rechazando la estigmatización de los problemas de salud mental.
3. Promoción, prevención y atención en el cuidado integral de la salud mental:
Las universidades podrán considerar: (i) el desarrollo de la promoción del cuidado integral de la salud mental; (ii) el fortalecimiento de la prevención de problemas de salud mental; y, (iii) la atención integral y oportuna en el cuidado de la salud mental.
Finalmente, el MINEDU establece que las universidades deberán tener en cuenta lo siguiente para la implementación de los Lineamientos:
Principios y enfoques | Son de aplicación los enfoques de derechos humanos, recuperación, discapacidad, interculturalidad, de género, entre otros, así como los principios previstos en la Ley de Salud Mental, en la Ley Universitaria y en los Lineamientos de Política Sectorial en Salud Mental, aprobado por Resolución Ministerial N° 935-2018-MINSA. Estos serán incluidos de manera progresiva y con los énfasis necesarios según la realidad de cada universidad. |
Elaboración, aprobación y difusión de un documento normativo | Cada universidad formula, participativamente, un documento que contiene como mínimo, los objetivos, órganos a cargo del cuidado integral de la salud mental y sus responsabilidades, así como las estrategias y acciones pertinentes para su consecución. Es aprobado conforme a las disposiciones internas de cada universidad y su difusión será a través de canales digitales y no digitales. |
Planes de Mejora Institucional | Cada universidad diseña y desarrolla progresivamente planes y programas para el cuidado integral de salud mental, medidas de mejora que promuevan el desarrollo socioafectivo y la convivencia democrática, lo cual incluye la promoción de igualdad de derechos y la no discriminación por razones de diversa índole. Los planes realizarán el monitoreo respectivo, utilizando indicadores integrales de desempeño diferenciados por género, área geográfica, etnia, discapacidad y edad. Las universidades implementarán progresivamente normas de obligatorio conocimiento y aplicación que promuevan la igualdad de género y prevengan todo tipo de hostigamiento y violencia. |
Recursos Humanos y ámbito laboral | Los centros universitarios podrán disponer de profesionales dedicados a trabajar en equipos interdisciplinarios para la implementación de planes y programas de prevención de factores de riesgo individual y comunitario. Este equipo podrá recibir por lo menos dos veces al año capacitación en la materia, así como espacios de prevención del síndrome de agotamiento profesional. La gestión del plan y programas continuos de mejora elaborado por la Red de Soporte incluirá el cuidado del personal. |
Evaluación, sistematización y socialización de avances | Las universidades, progresivamente, establecen mecanismos de evaluación permanente de los avances en el cuidado integral de la salud mental de los miembros de la comunidad universitaria. Asimismo, efectúan las mejoras pertinentes en el marco de las disposiciones contenidas en los Lineamientos. Para ello, sistematizarán lo implementado y acordarán una fecha semestral de socialización de avances, la misma que será difundida en formatos amigables a la comunidad universitaria por medios físicos y virtuales. Además, se elaborarán reportes semestrales sobre la atención y el estado de las personas atendidas. |
Red de Soporte | Mientras no se conforme la Red de Soporte, las instancias u órganos vinculados a la materia en cada universidad podrán asumir la competencia para el cumplimiento de lo establecido, lo cual será definido por el órgano de gobierno. |
Articulación intra e interinstitucional de la gestión de la salud mental | Las universidades pueden gestionar y desarrollar el fortalecimiento de capacidades a las personas integrantes de la Red de Soporte, articulando mecanismos de formación para la asistencia de miembros de la comunidad universitaria. |
Formación profesional e investigación con enfoque de salud mental comunitaria | Cada universidad fomenta la incorporación del componente de salud mental en contenidos curriculares de la formación de profesional con énfasis en aquellos orientados a la salud, garantizando en dicho diseño curricular la participación de profesionales especializados en salud mental. |
Las universidades y la emergencia sanitaria por el brote del Coronavirus u otras de similares dimensiones | Las universidades, en el marco de su autonomía y progresivamente, desarrollan estrategias para fortalecer el autocuidado integral de la salud mental de la comunidad universitaria y de sus grupos de riesgo (mujeres, personas con discapacidad, entre otros) en contexto del COVID-19 u otros a través de: (i) campañas de sensibilización y educación para fortalecer el cuidado integral de la salud mental; (ii) derivación responsable de miembros de la comunidad universitaria identificados con problemas de salud mental como ansiedad, depresión, conducta suicida, consumo de alcohol y drogas, entre otros; y, (iii) el fomento de la identificación de situaciones que dificultan la conciliación de la vida académica, familiar, laboral a través del desarrollo de medidas de ajustes generales, específicas y diferenciadas que permitan a los actores de la comunidad universitaria sostener un vínculo saludable con la universidad. |
Rol de la Dirección General de Educación Superior Universitaria | La Dirección General de Educación Superior Universitaria del MINEDU realiza acciones para la implementación y cumplimiento de los Lineamientos. |
Rol del MINSA | La Dirección General de Intervenciones Estratégicas de Salud Pública del MINSA brindará asistencia técnica y capacitación a las Redes de Soporte. |
Confiamos que esta información sea de relevancia para usted y su empresa. De requerir profundizar en el tema, no dude en comunicarse con nosotros.