El 31 de marzo de 2021, se publicó en el diario El Peruano la Resolución SMV N° 06-2021-SMV/01, por medio de la cual la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobó los "Lineamientos para la Implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención" (los "Lineamientos").
Los Lineamientos establecen las pautas que, voluntariamente y con carácter referencial, podrán seguir las personas jurídicas para el diseño, implementación y funcionamiento de sus modelos de prevención, en línea con lo dispuesto por la Ley N° 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas (la "Ley") y su Reglamento[1]. Recordemos que, conforme a lo dispuesto por la Ley, aquellas personas jurídicas que cuenten con un modelo de prevención idóneo, podrán ser eximidas de responsabilidad en caso se cometa un delito en su beneficio.
Los Lineamientos se aprueban tras dos versiones preliminares (proyectos) emitidas en los años 2019 y 2020, las cuales fueron puestas en conocimiento de la ciudadanía para sus comentarios. Si bien, esos documentos preliminares proporcionaban directrices sobre cómo implementar los modelos de prevención, destacamos que los Lineamientos tienen un enfoque más práctico, brindando ejemplos sobre qué acciones adoptar. En esta alerta incluimos sus principales novedades.
Como presupuesto de un modelo de prevención idóneo, los Lineamientos se refieren al compromiso, liderazgo y apoyo firme del órgano de gobierno, estableciendo que podría manifestarse en: (i) la aprobación de políticas de tolerancia cero a la corrupción, (ii) la participación activa (como participantes o ponentes) en capacitaciones, (iii) la asignación de partidas presupuestarias para la compra de equipos tecnológicos y/o materiales para asegurar el funcionamiento del modelo de prevención y (iii) la creación de incentivos para el cumplimiento del citado modelo.
En cuanto a los elementos mínimos con los que deberá contar un modelo de prevención para ser adecuado, los Lineamientos contienen un listado referencial de acciones para su implementación, siendo las principales las siguientes:
Elementos mínimos | Acciones |
Identificación, evaluación y mitigación de riesgos | Etapa previa: Designar a persona (empleado o asesor externo) que se encargará de la implementación (sustento: contrato de trabajo o de prestación de servicios); identificar procesos/áreas cuya gestión a través del modelo de prevención sea necesaria, aprobar hoja de ruta o política de identificación y gestión de riesgos.
Evaluación de riesgos:
Mitigación de riesgos:
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Encargado de prevención |
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Procedimiento de denuncias | Canal de denuncias:
Políticas o esquema de incentivos: económicos (ascensos, gratificaciones, capacitación, etc.) o disuasivos (publicación de medidas disciplinarias o sanciones).
Aplicación de medidas disciplinarias:
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Difusión y capacitación periódica
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La evaluación y monitoreo continuo |
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Además de referirse a los elementos mínimos, los Lineamientos inciden en la importancia de llevar a cabo procesos de debida diligencia, precisando que ello no solo debe realizarse antes de la relación contractual, sino en todas las oportunidades que resulten necesarias (p.e. si surge un evento o noticia que comprometa a tales personas). De igual modo, debe realizarse si la persona jurídica desea desarrollar nuevas actividades, introducir al mercado nuevos productos o servicios, hacer uso de nuevas tecnologías, entre otros.
Finalmente, los Lineamientos -al igual que el Reglamento- inciden en la importancia de guardar evidencia (principalmente documental) de las acciones realizadas con el objetivo de acreditar ante la SMV que el modelo de prevención es adecuado a los riesgos que afronta la persona jurídica.
Puede encontrar el texto completo de los Lineamientos aquí.
Esperamos que la información haya sido de utilidad para usted. No dude en contactarnos de requerir asesoría al respecto.
[1] Los Lineamientos han sido elaborados tomando como marco de referencia no solo la citada Ley, sino también estándares internacionales de la experiencia extranjera (Estados Unidos, Reino Unido), organismos multilaterales (Naciones Unidas, OCDE) y diversas normas o documentos de gestión (ISO 37001, ISO 31010, ISO 19600, UNE 19601, COSO ERM 2017).