En resumen

Mediante la Ley N° 31479 se ha creado una licencia con goce de haber compensable para que los trabajadores puedan realizarse exámenes oncológicos preventivos anuales.

Puntos claves

La licencia para realizarse exámenes oncológicos tiene las siguientes características:

  • Es aplicable tanto para el sector privado como para el público.
  • Cada trabajador puede solicitar hasta 2 días hábiles de licencia por año, consecutivos o no.
  • Al momento de solicitar la licencia, el trabajador debe presentar a su empleador la orden médica para los exámenes. Posteriormente, también debe entregar la constancia de atención.
  • Las horas dejadas de laborar deben ser compensadas por el trabajador en forma previa o posterior.
  • La oportunidad, tanto de la licencia, como de la compensación, debe ser acordada por las partes. Lamentablemente la norma no precisa qué ocurrirá a falta de acuerdo.


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