El 14 de enero de 2025, se publicó el Decreto Supremo N.º 001-2025-TR mediante el cual se modificó el artículo 35° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y se dispuso que la cobertura de la seguridad social de las mujeres embarazadas se otorgará de forma inmediata.

A continuación, le presentamos los aspectos más importantes a tener en cuenta:

  • Hasta el año 2022, era necesario que las mujeres embarazadas cuenten con tres meses de aportaciones consecutivas o no consecutivas a EsSalud al momento de la concepción para obtener el derecho a la cobertura, así como el derecho a los subsidios por maternidad y lactancia.

  • El 10 de mayo de 2022, se publicó la Ley N.° 31469 que dispuso que las mujeres embarazadas obtendrían de forma inmediata el derecho de cobertura desde la afiliación, independientemente de cuál hubiese sido su situación al momento de la concepción. No obstante, esta norma no venía aplicándose por falta de reglamentación.

  • Sin embargo, aún queda pendiente que se adecúen las normas que regulan el reconocimiento y pago de prestaciones económicas a favor de las madres, para lo cual se ha otorgado el plazo de 90 días calendario.

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