El 14 de diciembre de 2021 la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI expidió la Resolución Nº 0697-2021/SEL-INDECOPI ("Resolución"), mediante la cual ha declarado barrera burocrática la exigencia prevista en el numeral 11 del Documento de Compromiso por Autorización de Uso de Derecho de Vía para Obras de Infraestructura que obra como Anexo I del Decreto Supremo 037-2019-MTC, "Decreto Supremo que Aprueba el Procedimiento para la Autorización de Uso del Derecho de Vía de la Red Vial Nacional".
La disposición declarada barrera burocrática ilegal establece que, para el otorgamiento la autorización del derecho de uso de vía para obras de infraestructura de carreteras de competencia de PROVÍAS NACIONAL, los administrados deben comprometerse a reubicar sus instalaciones y/o reestructurar los trabajos autorizados, a la sola comunicación escrita de PROVÍAS NACIONAL y en el plazo que este fije, cuando dicha Entidad decida realizar trabajos de mejoramiento y/o rehabilitación, ensanchamiento y/o ampliación u otros similares en la carretera.
Al respecto, debemos precisar que la Resolución únicamente declaró barrera burocrática ilegal el extremo de la mencionada disposición que señala que PROVÍAS fijará el plazo para reubicar instalaciones o reestructurar trabajos autorizados, mas no la posibilidad de que PROVÍAS pueda solicitar dicha reubicación o reestructuración.
Así, desde el momento de su publicación, la exigencia declarada barrera burocrática ilegal, es inaplicable para todos los agentes económicos y ciudadanos en general que se vean afectados por esta. Esto incluye a los ejecutores de obra que hayan obtenido la autorización de derecho de vía de forma previa a la publicación de la Resolución y a aquellos que recién la soliciten.
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