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Hoy entró en vigencia la Ley N° 31041, Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente.

Esta nueva norma ha modificado la licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave, ha dispuesto nuevas facilidades laborales a los trabajadores que tengan familiares o dependientes menores de edad con diagnóstico oncológico y ha creado el subsidio oncológico.

Ampliación de casos en los que se puede solicitar licencia para atención de familiares en estado grave salud o que hayan sufrido accidentes

  • Hasta antes de la nueva norma, los trabajadores solo tenían derecho a pedir una licencia para la atención de familiares en estado grave en caso su hijo, cónyuge, conviviente o padre se encontrase en estado grave de salud o hubiese sufrido un accidente grave. Con la modificatoria, los trabajadores podrán pedir esta licencia también en caso una persona bajo su tutela o curatela se encuentre en esta situación.

Nueva licencia excepcional de hasta 1 año para la atención de familiares o dependientes menores de edad diagnosticados con cáncer

  • Los trabajadores que tengan familiares o dependientes menores de edad con diagnóstico oncológico podrán acceder, de manera excepcional, a una licencia pagada por un periodo no mayor a 1 año.
  • El empleador deberá cubrir los primeros 21 días de esta licencia y el resto de días serán cubiertos por Essalud.

Creación de subsidio oncológico

  • Adicionalmente, los trabajadores con familiares o dependientes menores de edad diagnosticados con cáncer tienen derecho a un subsidio oncológico equivalente a 2 remuneraciones mínimas vitales. Este subsidio es por familia y no por número de personas con diagnóstico oncológico.
  • El subsidio se otorgará durante todo el tratamiento hospitalario desde la fecha de diagnóstico oncológico y será cubierto por las IAFAS.

Siguientes pasos

El Ejecutivo cuenta con 45 días calendario para aprobar el reglamento de esta norma. Este reglamento deberá precisar las condiciones aplicables a la licencia para la atención de familiares o dependientes menores de edad con diagnóstico de cáncer y el procedimiento de solicitud y pago de los subsidios.


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