Hoy entró en vigencia la Ley N° 31041, Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente.
Esta nueva norma ha modificado la licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave, ha dispuesto nuevas facilidades laborales a los trabajadores que tengan familiares o dependientes menores de edad con diagnóstico oncológico y ha creado el subsidio oncológico.
Ampliación de casos en los que se puede solicitar licencia para atención de familiares en estado grave salud o que hayan sufrido accidentes
Hasta antes de la nueva norma, los trabajadores solo tenían derecho a pedir una licencia para la atención de familiares en estado grave en caso su hijo, cónyuge, conviviente o padre se encontrase en estado grave de salud o hubiese sufrido un accidente grave. Con la modificatoria, los trabajadores podrán pedir esta licencia también en caso una persona bajo su tutela o curatela se encuentre en esta situación.
Nueva licencia excepcional de hasta 1 año para la atención de familiares o dependientes menores de edad diagnosticados con cáncer
Creación de subsidio oncológico
Siguientes pasos
El Ejecutivo cuenta con 45 días calendario para aprobar el reglamento de esta norma. Este reglamento deberá precisar las condiciones aplicables a la licencia para la atención de familiares o dependientes menores de edad con diagnóstico de cáncer y el procedimiento de solicitud y pago de los subsidios.
Esperamos que la información haya sido de utilidad para usted. No dude en contactarnos de requerir asesoría al respecto.