Mediante el Decreto Supremo N° 012-2021-TR, se han establecido facilidades laborales para la segunda vuelta electoral que se realizará el domingo 6 de junio.

Las principales disposiciones son las siguientes:

1. Facilidades para miembros de mesa:

  • Los trabajadores que se desempeñen como miembros de mesa están facultados a no prestar servicios el día de las Elecciones en segunda vuelta. El día u horas no trabajadas serán recuperadas de acuerdo a lo dispuesto por el empleador.
     
  • Además, para los trabajadores que sean miembros de mesa, el lunes 7 de junio será día no laborable no compensable. Para ello, deberán presentar el Certificado de Participación entregado por la ONPE a su empleador una vez que reinicien sus actividades.

2. Facilidades para los votantes:

  • Los trabajadores que laboran en provincias distintas a su lugar de votación están autorizados a ausentarse del trabajo los días viernes 4, sábado 5, domingo 6 y lunes 7 de junio. Es necesario que acrediten haber ejercido su derecho al voto.

    Los días no laborados se recuperan en función a lo acordado entre el empleador y el trabajador. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
     
  • Los trabajadores que no se encuentren en los supuestos descritos anteriormente, pero que deban laborar el domingo 6 de junio, tienen derecho a periodos de tolerancia para su ingreso o durante la jornada para ejercer su derecho al voto. El tiempo dejado de laborar será recuperado en función a lo dispuesto por el empleador.

 

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