Actualización N° 5

1. Modificación de cronograma de obligaciones tributarias

A traves de la Resolución de Superintendencia Nº 069-2020-SUNAT se han dispuesto las siguientes modificaciones:

  1. Periodo de febrero 2020: fecha de vencimiento para la presentación de la planilla mensual - PDT Planilla Electrónica – PLAME

La modificación de las fechas de vencimiento para la presentación del PDT PLAME correspondiente al mes de febrero de 2020 será de aplicación solo para las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos en el año 2019 sean menores a 2,300 UIT (S/. 9,660,000), conforme al siguiente detalle:


 
 
  1. Periodo de marzo 2020: fecha de vencimiento para la presentación de la planilla mensual - PDT Planilla Electrónica – PLAME

La modificación de las fechas de vencimiento para la presentación del PDT PLAME correspondiente al mes de marzo de 2020 será de aplicación solo para las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos en el año 2019 sean menores a 5,000 UIT (S/. 21,000,000), conforme al sigueinte detalle:


Vigencia: a partir del 14 de abril de 2020


2. Facultad discresional de SUNAT

A través de sus redes sociales, la SUNAT precisó que, en uso de su facultad discrecional, no se sancionarán las infracciones cometidas o detectadas mientras siga vigente el Estado de Emergencia Nacional.
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