Se han modificado los requisitos formales para hacer uso del crédito fiscal: 

  • Se ha eliminado el requisito de que el documento emitido por la SUNAT que acredite el pago del impuesto en la importación de bienes debe estar autenticado por el agente de Aduanas o por el fedatario de la Aduana. Esta regla entrará en vigencia a partir del 27 de marzo de 2022. 
  • Se busca implementar una nueva forma para llevar el Registro de Ventas e Ingresos. Será aplicable para los emisores electrónicos de comprobantes de pago que lleven de forma electrónica el Registro de Ventas e Ingresos. La información que se incluirá en el reporte será los comprobantes de pago, notas de crédito y notas de débito. Los detalles sobre el reporte serán aprobados mediante resolución de superintendencia. Esta regla entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2024. 

Se ha incluido un nuevo supuesto para la emisión de órdenes de pago: 

  • La administración tributaria puede emitir una orden de pago basándose en la verificación de los libros contables u otros registros tributarios llevados por el deudor tributario y los comprobantes de pago emitidos.

Esta regla entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2024.


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