El Poder Ejecutivo ha aprobado la entrega, por única vez, de un bono extraordinario por el importe de S/210.00, a favor de los trabajadores formales del sector privado que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Figurar en la Planilla Electrónica de un empleador del sector privado como trabajadores durante los meses de julio, agosto y setiembre de 2021.
  • Percibir una remuneración bruta mensual máxima hasta de S/2,000.00 en el periodo laborado.

Ni los trabajadores ni la empresa deberán realizar ningún procedimiento para acceder a este beneficio. La entidad a cargo de efectuar el pago utilizará la información de la Planilla Electrónica.

Por el momento no se ha dispuesto ningún incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV), como se había anunciado inicialmente, sino que se ha optado por elevar temporalmente los ingresos de los trabajadores formales a través del bono. No obstante, no se descarta que la RMV pueda incrementarse en los siguientes meses.

El MTPE deberá aprobar las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la entrega del bono extraordinario en un plazo de 30 días calendario, es decir, hasta el 15 de diciembre de 2021. Por ahora, se han establecido las siguientes condiciones:

  • El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) entregará al Seguro Social de Salud (Essalud) un padrón con los trabajadores beneficiarios del bono extraordinario.
  • El bono extraordinario podrá ser entregado a través del Banco de la Nación o cualquier otra entidad del sistema financiero y empresas de dinero electrónico, pudiendo incluso usar tarjetas.
  • Las empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico podrán abrir cuentas, masivas o individualmente, a nombre de los trabajadores beneficiarios, sin la necesidad de su aceptación.
  • La entrega del bono extraordinario no altera el monto de la remuneración, así como tampoco el cálculo y pago de los beneficios laborales, aportes, entre otras contribuciones. Además, no podrá ser recibido por los herederos en caso de fallecimiento.
  • Por un periodo de 150 días calendario desde realizada la transferencia, el bono no podrá ser objeto de compensación, embargo, retención u otra afectación.
  • El cobro del bono extraordinario se podrá hacer efectivo hasta el 31 de marzo de 2022. A partir de abril de 2022, Essalud iniciará el extorno de los montos no cobrados a favor del MTPE.


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