Se ha publicado la Ley N.º 32089 (en adelante, la "Ley"), mediante la cual el Congreso de la República delega facultades para legislar al Poder Ejecutivo en materia tributaria por el plazo de 90 días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la Ley, es decir, hasta el 3 de octubre de 2024.
La delegación de facultades en materia tributaria comprende lo siguiente:
Modificar el artículo 98 referido a la composición del Tribunal Fiscal.
Establecer la obligación de efectuar pagos a cuenta del impuesto de la persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que perciba rentas de segunda categoría por enajenaciones indirectas, así como establecer reglas necesarias para su determinación.
Perfeccionar las normas que regulan los acuerdos anticipados de precios de acuerdo con el estándar mínimo de la acción 14 del proyecto BEPS de la OCDE.
Modificar la Ley del IR en lo referente a otros métodos de valorización para operaciones realizadas en el ámbito de aplicación de precios de transferencia.
Regular la tributación de los modelos de negocios en la economía digital a fin de establecer un mecanismo de recaudación del IGV por operaciones realizadas con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados, modificando principalmente las reglas de responsabilidad del IGV, incluyendo las reglas de habitualidad y las reglas sobre el lugar de imposición en el país conforme con el principio de destino, siguiendo, entre otros criterios, los establecidos por la OCDE.
Modificar la Ley del IGV para perfeccionar la regulación sobre el registro de compras, así como el Código Tributario y demás normativa tributaria respecto al tema que permite que la SUNAT desarrolle la propuesta de registro y declaración.
Incorporar dentro del ámbito de aplicación del ISC a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
Ello con el fin de que se perfeccione el mecanismo de recaudación del impuesto, así como establecer reglas que se deben seguir para el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias, tales como la regulación de aspectos vinculados con la inscripción en el RUC, el pago de la deuda tributaria, notificación de actos administrativos a través de medios electrónicos, entre otras obligaciones formales.
Simplificar los requisitos para la inscripción en el RUC de personas jurídicas no domiciliadas y entes jurídicos constituidos en el extranjero que tengan la obligación de presentar la declaración del beneficiario final cuando cuenten con una sucursal u otro establecimiento permanente en el país.
Aprobar un fraccionamiento especial para deudas administradas por la SUNAT que constituyan ingresos del tesoro público exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.
La Ley entra en vigor el día 5 de julio de 2024.
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