Hoy, 6 de enero de 2023, se publicó la Ley N° 31668 (en adelante, la "Ley"), que aprueba la reducción temporal de los costos de adquisición de insumos importados relevantes para la economía nacional.

La referida Ley tiene por objeto reducir un porcentaje de los gastos de transporte y gastos conexos de 16 subpartidas nacionales a niveles pre pandémicos, a fin de contribuir a un mejor manejo de las expectativas inflacionarias.

Algunas consideraciones importantes:

  • La Ley entrará en vigencia el 7 de enero de 2023.
  • Los porcentajes de reducción para cada subpartida arancelaria serán determinados por el Poder Ejecutivo, vía decreto supremo publicado a los 10 días hábiles de la entrada en vigencia de la presente Ley, esto es, el 17 de enero de 2023.
  • A partir de la fecha de entrada en vigencia del referido Decreto Supremo, las reducciones entrarán en vigor por un plazo de seis meses. Este plazo puede ser prorrogado si las circunstancias que dieron su origen prevalecen en el tiempo.
  • El Gobierno peruano ha dispuesto comunicar la publicación de la Ley a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en cumplimiento de la Decisión 894 que aprobó facultar a los Países Miembros temporalmente a reducir un determinado porcentaje de los gastos de transporte y/o gastos conexos comprendidos en el primer párrafo del artículo 6 de la Decisión 571 Valor en Aduana de las Mercancías Importadas.

Mayor detalle de los productos excluidos, a continuación:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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