El 11 de agosto se publicó en El Peruano la Resolución del Consejo Directivo Nº 099-2020-SUNEDU/CD, por medio de la cual se aprobó el Reglamento del reconocimiento de grados y/o títulos otorgados en el extranjero. La versión final recoge casi en su integridad el texto del proyecto pre-publicado, el cual ya analizamos en una anterior alerta. Sin perjuicio de ello, se han realizado las siguientes modificaciones:

Se han añadido los siguientes requisitos para la presentación de la solicitud:

  • En caso de poseer nacionalidad peruana, el número del Documento Nacional de Identificación del solicitante. En caso de poseer nacionalidad extranjera, copia del Pasaporte o Carné de Extranjería.
  • Declaración jurada de la veracidad y autenticidad de la información y/o documentos presentados; y de la modalidad de los estudios realizados por la que se obtuvo el grado y/o título extranjero, conforme al formato establecido.

Se ha publicado el formato de solicitud para el reconocimiento de grados y títulos otorgados en el extranjero, el cual podrán encontrar aquí.

  • Se añadió una Disposición Complementaria Final:

Respecto de los grados y/o títulos que no se encuentren en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, el solicitante puede recurrir al procedimiento de revalidación que prevean las universidades del Perú, en ejercicio de su autonomía académica y de acuerdo a la normativa aplicable".

Confiamos en que esta información sea de interés de vuestra compañía. De tener alguna consulta, no dude en contactarse con nosotros.

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